Hace muy pocos días que ya es una realidad la nueva Ley reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, cuya andadura comenzó en el año 2016 y que añade cambios importantes a la hora de contratar un préstamo hipotecario.
Siguiendo la orden de una Directiva comunitaria, con el fin de conseguir un mercado único europeo, también en lo que al crédito hipotecario se refiere, se apuesta por unas condiciones más armónicas y transparentes en un mercado competitivo.
Sin lugar a duda, se ha buscado también con la realización de esta nueva ley, la máxima protección a los particulares que buscan financiación. Y se ha hecho con mucha más transparencia y eliminado todo rastro de cláusulas abusivas que existían hasta el momento.
Como punto de partida se ha propuesto el legislador terminar con algunas cláusulas antes predispuestas por los bancos y a terminar con la discusión sobre el cumplimiento de las normas de conducta aplicables a la contratación de préstamos hipotecarios. Desde el pago de determinados impuestos, a la eliminación de puntos claramente abusivos.
Cuestiones como la declaración el vencimiento anticipado de préstamos, las vías de ejecución hipotecaria, los intereses de demora que ahora quedan fijados en tres puntos porcentuales por encima del pactado. Todas estas, y otras cuestiones, con la intención de reducir la cantidad de litigios que hasta ahora se producían.
Además de lo ya indicado, una de las cuestiones más importantes, ha sido la de la distribución de los gatos. Queda ya claro que la tasación correrá a cargo del prestatario y los gastos notariales de la escritura del préstamo y la inscripción de la garantía, del banco.
En definitiva, se refuerzan las medidas que garanticen la protección del consumidor, algo en lo que los notarios estarán obligado a poner toda la rigurosidad y trabajo necesario.
Se han endurecido las normas de conducta para las entidades bancarias, que deberán ofrecer información precontractual personalizada a los clientes. Además, los bancos tendrán prohibidas las ventas vinculadas y deberán realzar un informe riguroso sobre la solvencia del cliente.
Para ello, las entidades financieras deberán de asegurarse que el personal que evalúe la solvencia de los clientes, así como el que comercializa los préstamos, disponga de la capacitación necesaria para que el cliente reciba una información adecuada y ajustada a sus necesidades.
En general, todos los sectores apuntan a que esta ley trae grandes beneficios que tratan de corregir la situación que existía hasta el momento, si bien nunca está demás consultar con profesionales externos que puedan ayudarte a tomar la mejor decisión.
Esta ley ha generado unas altas expectativas y se calcula que traerá grandes beneficios para el mercado hipotecario. Algo que no debemos perder de vista, ya que ha supuesto un gran esfuerzo y trabajo de todas las partes, con gran discusión durante su tramitación en el parlamento. Aunque, tras sus primeros días de vida, aún es pronto para saber si con ella se consiguen todos los objetivos que se plantearon cuando se comenzó la nueva ley.
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